Las visas B1 se emiten para aquellas personas que visitan los Estados Unidos con el fin de realizar negocios temporales, como por ejemplo asistir a reuniones o juntas de consultoría con sus socios. Las visas B2 se emiten para aquellas personas que visitan los Estados Unidos con fines turísticos y de placer o para recibir tratamiento médico.
Las personas que ingresan a los Estados Unidos con una visa B1 o B2 sólo pueden hacerlo por los siguientes motivos.
Al solicitar una visa B1 o B2, debe presentar evidencia que demuestre su motivo para ingresar a los Estados Unidos, su intención de irse del país luego de cumplir el propósito de su viaje, y su capacidad para pagar el viaje.
Esta evidencia puede incluir invitaciones (por ejemplo, a matrimonios o graduaciones), entradas para asistir a eventos, programas, itinerarios, cartas de amigos y familiares, registros médicos y cartas de su empleador. Puede demostrar su intención de irse de los Estados Unidos brindando evidencia de su residencia permanente, su empleo, o de los lazos familiares o comerciales que lo ligan a su país de origen. Para demostrar su capacidad para pagar el viaje, puede utilizar su estado de cuenta bancaria, sus tarjetas de crédito, cheques de viajero, dinero en efectivo, y las reservaciones del viaje y del hotel que pagó por anticipado.
Para solicitar cualquier tipo de visa, debe consultar los procedimientos del consulado mediante el cual desea obtener la visa, ya que los procedimientos varían de un consulado a otro. Visite www.usembassy.gov para obtener más información.
Los Estados Unidos comenzaron el programa de exención de visa en 1986 para permitirles a los ciudadanos de determinados países viajar a los Estados Unidos con fines turísticos o de negocios durante 90 días o menos sin la necesidad de obtener una visa. No obstante, en el intercambio el visitante renuncia a determinados derechos, como el derecho a modificar o extender su condición de inmigrante, a solicitar una revisión administrativa o judicial si se le niega el ingreso a los Estados Unidos (con excepciones limitadas para los que buscan asilo) y a cuestionar una orden de expulsión.
Una excepción a la regla de no extensión es que los cónyuges, padres e hijos menores de los ciudadanos estadounidenses pueden procesar solicitudes para obtener la residencia permanente en los Estados Unidos sin tener que irse del país, aunque hayan ingresado mediante el programa de exención de visa. Para obtener más información, ingrese en www.cbp.gov.
Las personas con pasaporte canadiense pueden ingresar a los Estados Unidos en calidad de visitantes sin necesidad de tener una visa. No obstante, esa condición puede extenderse o modificarse. Los visitantes canadienses también tienen derecho a cuestionar la deportación de los Estados Unidos y pueden obtener la residencia permanente sin tener que irse de los Estados Unidos.